PROEBA Contadores

PROEBA

Contadores Profesionales
Auditoria Derecho Fiscal SAT Publicado: 21 Abril 2021

Nuevos plazos para conservar la información y documentación para el SAT

Se reformó el artículo 30 del Código Fiscal de la Federación (CFF) estableciendo nuevos supuestos de excepción para conservar documentación fiscal por plazos mayores a cinco años.

Ahora como parte del paquete de reformas fiscales para el ejercicio 2021, se reformó el artículo 30 del Código Fiscal de la Federación (CFF), para incorporar nuevos supuestos de excepción, en los cuales se deberá conservar la contabilidad y la documentación relacionada con el cumplimiento de las obligaciones fiscales, por un plazo mayor a cinco años.

Según la exposición de motivos, esta reforma se realizó con la finalidad de que las autoridades cuenten con la información y documentación necesaria para ejercer sus facultades, tratándose de:

  • Cumplimiento de los compromisos asumidos por México, en materia de procedimientos de resolución de controversias previstos en los tratados para evitar la doble tributación.
  • Revisión de la substancia económica de los actos en los que se sustentan los atributos fiscales de los contribuyentes, por ejemplo, las pérdidas fiscales por amortizar, la cuenta de utilidad fiscal neta (CUFIN), y la cuenta de capital de aportación (CUCA).

Esto en virtud de que las autoridades fiscales encontraron "...resistencia de los contribuyentes a proporcionar la información y documentación soporte para acreditar la substancia económica..." de dichos actos, argumentando los contribuyentes que hasta el ejercicio 2020, el artículo 30 del Código Fiscal de la Federación únicamente establecía la obligación de conservar las actas y las constancias correspondientes a tales actos.

REFORMAS AL ARTÍCULO 30 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

Las reformas consistieron en establecer supuestos de excepción al plazo de cinco años y, por tanto, obligar a que la información y documentación se conserve por todo el tiempo en el que subsista la sociedad o contrato de que se trate, tratándose de:

Costo fiscal de acciones

Documentación necesaria para determinar los ajustes a que se refieren los artículos 22 y 23 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR).

Considero que esto incluye, entre otros: las constancias proporcionadas por las sociedades emisoras con la información necesaria para determinar los ajustes, los dictámenes fiscales y/o papeles de trabajo en los que se determinó el costo promedio de las acciones en enajenaciones anteriores, los contratos o escrituras públicas en las que conste la adquisición de las acciones (compraventa, donación, herencia o legado, etc.), papeles de trabajo en los que se determinó el costo promedio de las acciones adquiridas por canje en los casos de fusiones o escisiones, etc.

Procedimientos de resolución de controversias

Documentación e información necesaria para implementar los acuerdos alcanzados como resultado de dichos procedimientos contenidos en los tratados para evitar la doble tributación.

Cabe señalar que esto podría incluir una gran variedad de información, dependiendo del tema concreto sobre el cual se haya alcanzado el acuerdo, ya que los procedimientos de resolución de controversias pueden referirse a muy diversos temas (residencia, establecimiento permanente, rentas inmobiliarias, beneficios empresariales, dividendos, intereses, regalías, etc.)

Actas de aumentos de capital

Estados de cuenta expedidos por las instituciones financieras, si el pago se hizo en numerario; o avalúos si el pago se hizo en especie o con motivo de un superávit por revaluación; las actas de asamblea respectivas y los registros contables conducentes, si se capitalizaron reservas o dividendos; y si se capitalizaron pasivos, las actas de asamblea respectivas, así como los documentos que certifiquen la existencia contable de los mismos y su valor.

Actas de disminuciones de capital

Estados de cuenta expedidos por las instituciones financieras en donde conste el reembolso efectuado a los socios y, si la disminución se hizo mediante liberación concedida a los mismos, conservar las actas de suscripción, de liberación y de cancelación de las acciones.

Actas de fusión o escisión de sociedades

Estados de situación financiera, estados de variaciones en el capital contable y los papeles de trabajo de la determinación de la CUFIN y de la CUCA, correspondientes a los ejercicios inmediato anterior y posterior a aquél en el que se realizó la fusión o escisión.

Constancias por distribución de dividendos

Estados de cuenta que expidan las instituciones financieras donde conste tal distribución.

Adicionalmente, se establece que cuando la autoridad fiscal esté ejerciendo facultades de comprobación respecto de ejercicios en que se distribuyan dividendos o utilidades, se reduzca capital, o se reembolsen o envíen remesas de capital en términos de la Ley del ISR, se le deberá proporcionar documentación e información que soporte el saldo origen y los movimientos de la CUFIN, de la CUCA o de cualquier otra cuenta fiscal o contable involucrada en los referidos actos.

ADICIÓN DE LA REGLA 2.8.1.23. EN LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2021

En relación con las reformas al artículo 30 del CFF, en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 se adicionó la regla 2.8.1.23. "Certificación de existencia contable del pasivo y del valor correspondiente del mismo", la cual establece que tratándose de aumentos de capital social por capitalización de pasivos, la certificación de la existencia contable del pasivo y del valor del mismo, se emitirá por un Contador Público Inscrito y deberá contener como mínimo la información que en la misma regla se señala, entre la que destaca:

  • Nombre, RFC o número de identificación y país o jurisdicción de residencia fiscal de la persona, entidad o figura jurídica con la que se generó la obligación de la que deriva el pasivo
  • Documento origen de la obligación de la que deriva el pasivo capitalizado
  • Verificación del control interno de la persona moral para pasivos derivados de operaciones con proveedores
  • Cumplimiento con las Normas de Información Financiera aplicables
  • Documentación que constate la entrega de recursos objeto de la obligación
  • Validación del cálculo del devengo de intereses para pasivos derivados de títulos de crédito
  • Metodología para cálculo de valor razonable en instrumentos financieros de deuda
  • Fecha y valor del reconocimiento inicial del pasivo
  • Tipo de cambio utilizado en caso de capitalización en moneda extranjera
  • Número y valor de las acciones o partes sociales otorgadas
  • Registros contables y estados de situación financiera
  • Datos del acta de asamblea y folios mercantiles
  • Manifestación bajo protesta de decir verdad
  • Aviso de actualización de socios o accionistas

Fuente original: CONTADORMX

Contáctanos

Estamos aquí para ayudarte con todos tus requerimientos contables y fiscales.

Información de Contacto

Dirección

Tijereta 311 Colonia Las Aralias, Puerto Vallarta, Mexico

Teléfono

+52 322 196 0331

Email

ivan.alvarez@proeba.com.mx

Horario de Atención

Lunes a Viernes: 9:00 AM - 5:00 PM

Servicios contables